Overblog Todos los blogs
Edit post Seguir este blog Administration + Create my blog
MENU

Unidos, además de por amistad, también por un sin fin de ideas en común, nos ponemos a vuestra disposición para ayudaros en todo lo que esté a nuestro alcance, tanto en cuestiones de ámbito sanitario como en los derechos y obligaciones laborales, como también información de interés que podáis tener dentro del trabajo que estáis desempeñando.

Publicidad

NOVEDADES RELEVANTES DE LA LA REFORMA LABORAL 2012

untitled-copia-2.png

Despido más barato y causas más claras

 

Se da la vuelta a la tortilla: el despido es procedente, como norma general, y demostrar que no lo es corre a cuenta del trabajador, que tendrá que acudir al juez. El despido (procedente) tiene una indemnización de 20 días por año para todos con un tope de doce mensualidades. Y el improcedente, de 33 días y un tope de 24 mensualidades.

 

La rebaja afecta a todos los contratos, incluso los que están en vigor. Pero la indemnización de los firmados antes de la reforma se calculará en base a una doble escala: el periodo previo computa 45 días por año y el resto, con los nuevos criterios que correspondan.

 

No será necesario ni siquiera que la empresa incurra en pérdidas, que también. Este tipo de despido se justifica cuando se prevean pérdidas o cuando una empresa haya sufrido nueve meses consecutivos con una caída de ingresos o de ventas.

 

Negociación colectiva

 

El convenio de empresa prevalecerá ya siempre sobre cualquier otro convenio: todas las condiciones laborales son renegociables. Ahora es más fácil que se invoque el 'descuelgue' -no aplicar a la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable- alegando motivos económicos.

En primera instancia requiere acuerdo empresa-trabajadores y, de no haberlo, se acude al arbitraje. La última palabra queda en manos de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, donde están representados patronal, sindicatos y administración.

 

La reforma laboral limita la ultraactividad de los convenios, es decir, la renovación automática cuando no haya acuerdo entre trabajadores y empresarios. Los convenios "ya no estarán vigentes" tras dos años.

 

Formación

 

Se reconoce el derecho de todos los trabajadores a 20 horas de formación pagada por el empresario y se crea una cuenta de formación, análoga a la vida laboral que elabora la Seguridad Social, que recopilará toda la formación recibida por el trabajador, para facilitar su inclusión en itinerarios de empleo

 

 

Publicidad
Regresar al inicio
Compartir este post
Repost0
Para estar informado de los últimos artículos, suscríbase:
Comentar este post